Informe Plan de Inversiones 2025
INTRODUCCIÓN
De acuerdo con lo establecido en el numeral 6.5 de la Resolución CREG 015 de 2018 y con base en las circulares CREG 024 y 047 de 2020, DISPAC S.A E.S.P. en su calidad de distribuidor de energía eléctrica en el Sistema Interconectado – SIN y al haber ingresado en la metodología de remuneración de la actividad de distribución de la Resolución CREG 015 de 2018, debe realizar y presentar un informe de la ejecución del plan de inversión correspondiente a la vigencia 2025, tal como se desarrolla en este documento.
OBJETO
Presentar el informe de ejecución de los proyectos de inversión realizados con recursos propios (RPP=0) y aquellos realizados con recursos públicos mediante fondos de financiamiento (RPP=1) para el año 2025.
RESUMEN EJECUTIVO.
Los Sistemas de distribución y transmisión son elementos “vivos” que cuentan con una dinámica propia, motivada en la idiosincrasia de los usuarios, el mercado que atiende DISPAC no es ajeno a estas condiciones, se tiene una componente social compleja, derivada de la falta de oportunidades de empleo, rezagos tecnológicos, lo que motivan a que se cuente con poblaciones nómadas que generan expansión o contracción de los sistemas de distribución, estas circunstancias presentan retos para la operación y la ejecución del plan de inversión, en este documento se informa la gestión realizada por DISPAC S.A E.S.P. en la ejecución del plan de inversión para la vigencia 2025, para el reporte de dichas inversiones se llevó a cabo el siguiente procedimiento
- Se reportan los proyectos del plan de inversión ejecutados por la empresa, cuyas unidades constructivas y cantidades corresponden a las aprobadas por la Comisión en la solicitud de ingresos.
- Para aquellos proyectos aprobados y que, por cambios en la demanda, criterios técnicos, implicaron el cambio de unidades constructivas y/o cantidades reportadas, se procedió a seguir el procedimiento descrito en el documento “ejemplos de reporte.xls” anexo de la circular CREG 024 de 2020, el cual señala que para cada UC no incluida en la solicitud de ingresos, se debería crear la cantidad de proyectos requeridos de tal forma que ninguna UC se encontrará sin asociar a un proyecto.